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ONG CONFAPRECOOrganización No GubernamentalConfraternidad de Familiares y Amigos de Presos Comunes |
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EL FUNCIONAMIENTO DE LA CÁRCEL COMO EXCLUSIÓN EN CHILE Por Gustavo Jiménez F. Sociólogo
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Un saludo y una invitación¡Hola! soy la presidenta de esta pequeña organización y quiero comentarles de una forma distinta la situación de nuestras cárceles; actualmente en ellas se apilan (y esto es literal) a más de 55.000 presos en condiciones indignas. Amigo lector, es probable que pienses que se lo merecen o que no hay nada nuevo bajo el sol, pero, ¿Sabes tú que el 80% de ellos, una vez en libertad volverán a delinquir perpetuando el circulo vicioso? Silvia Vidal I. |
Crónicas desde la cárcelCuando el tema de la delincuencia está de moda en nuestros días, para muchos la cárcel y sus actores son una realidad de la cual no quisiéremos oír ni saber nada, muchos estiman que el abandono social es el remedio para este mal que nos aqueja. Sin embargo, todavía en este acelerado y despersonalizado siglo XXI se erigen soñadores, modernos Quijotes, que cada mañana con trozos de fe construyen esperanzas donde la mayoría no se atreve a mirar. Esta es una de esas hermosas y desconocidas historias, llena de ternura y amor...(Ver artículo) |
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Las Cárceles en ChileSon muchos, cumplen condenas larguisimas, viven hacinados y en condiciones penosas. Los presos comunes chilenos, aislados dentro de los muros de las cárceles, son olvidados del sistema. Y sus protestas jamás conseguirán la acogida que obtuvieron los estudiantes. |
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Testimonios desde la CárcelPara comprender mejor una realidad a veces es necesario saber que nos dicen sus protagonistas, por esta razón hemos recogido una serie de relatos que nos narran un día normal de la cárcel y para estos efectos hemos escogido a los penales más representativos, tanto por la densidad de la población y por lo que estos significan en el sistema penitenciario. Le invitamos a leer: Testimonios desde la cárcel. |
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Un caso especialEs posible que el nombre Luís Araya Galáz, por si sólo, no signifique nada en especial, sin embargo, si se menciona el caso Lapostol esto nos evoca recuerdos de un caso policial de alta connotación social ocurrido en el mes de diciembre de 2007, con hechos dolorosos, que sin duda marcaron a toda una familia y el contexto social. (Abrir) |
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ONG CONFAPRECO AL SERVICIO DE LA COMUNIDAD |
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Reglamento de Establecimientos Penitenciarios(Decreto Ley N°1.248)La privación de libertad es un período sensible por constituirse, entre otras cosas, en una restricción de los derechos esenciales, los cuales se inician con la limitación del desplazamiento, situación donde el Estado asume el control total de la persona a través de una institución custodia. El Reglamento de Establecimientos Penitenciarios es el cuerpo legal creado para regular la actividad penitenciaria y con el cual, supuestamente, se protegen los derechos humanos de las personas sometidas a estos períodos de reclusión. Aquí le ofrecemos el texto refundido de este decreto ley. |
Aspectos Legales y Reglamentarios de la ResocializaciónDesde hace varias décadas el Sistema Penitenciario paulatinamente se ha ido apartando de las políticas de resocialización, situación que se explica mediante una serie de fenómenos y teorías que con el correr del tiempo han tomado fuerza, ocasionado un culto al "nada funciona" (este término fue acuñado por Robert Martinson en la década de los 70). Indudablemente la consecuencia de este abandono a las políticas de resocialización son los altos índices de reincidencia (80%) y la elevada tasa de población penitenciaria. Ahora bien, es la resocialización de un sujeto condenado un derecho o una actividad discrecional entregada por la institución custodia. No cabe duda, que en esta materia, nuestro país, a pesar de la seudomodernidad todavía está en pañales. (Abrir documento) |
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¿Cómo ubicarnos?Físicamente nuestra sede está ubicada en Alameda Bdo. O'Higgins 3155, 2° piso, of. B (vereda norte), frente a la populosa calle Meigg y justo al lado de la iglesia El Sagrado Corazón de Jesús. Fono Fax: 682-05-52 |
| ...Algunos amigos de ONG CONFAPRECO... | ...Algunos amigos de ONG CONFAPRECO... |
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Defenderse desde la CárcelEste libro pretende dotar a las personas privadas de libertad de una herramienta básica para que sean ellos mismos los que promuevan, haciendo uso de sus derechos, la implementación de los principios del Estado de Derecho al interior de las cárceles chilenas. "Defenderse desde la cárcel es un problema, está mal visto, poco entendido y es prácticamente imposible. La institución no quiere ser cuestionada, ni controlada. Se percibe que la separación de poderes termina al llegar a la cárcel. Esperamos que sirva como chispa para quemar las paredes del autoritarismo y promover la construcción del Estado democrático de derecho al interior de las cárceles." Jörg Stippel. Cooperación Técnica Alemana GTZ (Leer libro) |
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Informe Condiciones Carcelarias Diciembre 2009Periódicamente diversas instituciones, sean privadas o del Estado, emiten informes respecto a las condiciones carcelarias, generalmente todos estos documentos dicen más o menos los mismo: hacinamiento, condiciones paupérrimas de vida de los reclusos, malos tratos, alimentación deficiente y de mala calidad, falta de salud y salubridad de los recintos, etc. Esta vez le toco el turno al poder judicial, quien a través de la Ministra Amanda Baldovino le recuerda al país estas condiciones penosas que sufren los penales. Es probable que en algún lugar de las oficinas del Estado exista un archivo donde se guardan todas estas reliquias, las que finalmente sólo tienen un efecto mediático comunicacional, pero, que en definitiva no logran remecer las conciencias de quienes tiene el poder de solucionar estos problemas. También es probable que en unos cuantos meses más se conozca otro informe de este tipo y que volverá a rasgar vestiduras, las que a los pocos días dejaremos abandonadas en el canasto del olvido, para ponernos otras y rasgarlas cuando aparezca otro informe. Mientras tanto las condiciones de las cárceles y la calidad de vida de los presos seguirá siendo la misma. ¿Para qué decir tantas veces que el sol sale cada día, si eso ya lo sabemos? |
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Sistema Penitenciario: ¿Efectivo o Fracasado?“Nuestra sociedad debe despegarse de los “imaginarios sociales” sobre los castigos, entender que legitimar estos a partir de la demanda de seguridad crea evidentes confusiones entre esta legitimación y las funciones de la pena. Se hace necesario comprender y profundizar respecto de la variación numérica de la población reclusa en las últimas décadas (55.000 reclusos en el mes de diciembre de 2009)”…Leer artículo |
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U.E.A.S.La Unidad Especial Alta Seguridad, cárcel consagrada fundamentalmente a la atención de los reclusos de la más alta complejidad (elevados índices de contagio criminógeno, refractarios al sistema, altas condenas, etc.) desde el año 2006 cuenta con una serie de actividades (laborales, culturales y educativas) que han permitido entregar a los reclusos algunas habilidades de competencia social…(Leer Informe)
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¡Es probable que estos sujetos nunca efecten tu seguridad e intimidad! |
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Este otro, sin embargo, ¡Puede destruir TU VIDA! |
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...El término PENA significa dolor, deriva del latín POENA, su connotación es: dolor causado por un castigo.
...El 90% de la población penal en sistema cerrado tiene la calidad de condenado, sólo un 10% está en calidad de imputado.
...La resocialización de un condenado no es posible como un derecho mientras existan penas como la muerte y la cadena perpetua.
...Un total de 105.270 personas están insertas en el circuito penitenciario, 53.813 están en las cárceles y 51.457 en sistema abierto.
...En Chile hay 11.532 mujeres insertas en el sistema penitenciario, 4.418 en las cárceles y 7.114 en sistema abierto.
...El costo diario por cada recluso no es igual. En el sistema público el costo diario fluctúa entre 10 y 11 dólares. En las cárceles concesionadas va desde los 12 a los 31 dólares.
...En las cárceles concesionadas los presos más caros son los condenados, su costo diario va desde los 18 hasta los 31 dólares.
SOMOS ONG CONFAPRECO: CONFRATERNIDAD DE FAMILIARES Y AMIGOS DE PRESOS COMUNES |
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Una de la maroyes interogantesUna de las mayores interrogantes respecto al Sistema Penitenciario que actualmente se debaten y plantean en diversas esferas, es si este se encuentra en crisis o simplemente adolece de algunos problemas de diversa complejidad. Distintas voces, en esta materia, se elevan defendiendo estas dos posturas: "crisis o problemas". A raíz de estos debates nacen una serie de hipótesis las cuales no logran un concenso, contrariamente, suscitan un mayor desconcierto sin llegar a un punto de interés general que de señales de acuerdo y solución. Esto sin embargo, no es un tema nuevo, es una discusión de larga data y que paulatina y lamentablemente ha ido perjudicando la situación de los reclusos con calidad de condenados (mayoritarios dentro del total de población penal), quienes en definitiva han perdido la posibilidad de integrarse y participar de programas reales, concretos y efectivos de resocialización. Dado estos antecedentes y como resultado de esta gran nebulosa que cubre el tema, la reincidencia se empina en un 80%, las explicaciones para justificar este desastre son muchas y variadas, siendo dos las más recurrentes: la criminalización de los sujetos que cumplen condena y el siempre y bien ponderado hacinamiento. No cabe duda que la criminalización de los sujetos es una idea que se vende con facilidad, es un concepto de cómoda digestión. En el subconsciente social esta permanentemente la figura del delincuente rebelde y reacio a participar de cualquier actividad, por lo tanto esta explicación resulta creíble en cualquier estrato. En tanto, el hacinamiento es una óptima ecuación matemática que complace plenamente como excusa a más de muchos, sobre todo a quienes hacen lucro con esta pesadilla. Un caso sabroso es el ocurrido en el mes de mayo de 2008 en el CDP. Santiago Uno, el que tiene un tope máximo de población penal, admitido por contrato de 3.081 plazas. A inicios del mes de mayo del citado año la sobrepoblación fue de: 3.090 internos, este hecho significó que el Estado debió cancelar diariamente a la concesionaria la no despreciable cifra de $3.600.000 diarios, lo que finalmente sumó $342.000.000. Otra respuesta social complaciente es la construcción de más infraestructura (sin duda necesaria), pero, que por si sola no constituye una solución de fondo. Un antecedente curioso y que al parecer no importa mucho, es la concentración de población reclusa en el área metropolitana, más de 20.000 internos (37,8% del total de población nacional), de los cuales un aproximado de un 90% tienen la calidad de condenados (Datos estadísticos al 31-07-2009). Para este importante porcentaje de reclusos condenados existe en toda el área metropolitana solo un penal con algunas condiciones y características adecuadas para desarrollar programas tendientes a la resocialización: Colina Uno, el resto son añosas cárceles sin los espacios y lo más grave: sin programas que cubran esta imperativa necesidad, los casos abundan: Colina Dos, inaugurada el año 1994, CDP. Puente Alto (1982), San Miguel (1982) y para que nombrar a la ex penitenciaría (1843) que suma una población de 7.000 reclusos. Hoy la sociedad pierde una gran batalla, el Sistema Penitenciario actual agoniza (y no por falta de edificios nuevos), junto a sus operadores y los reclusos; unos manteniendo viva una gestión propia de los años 1930 (violencia, autoritarismo, etc.) y otros perfeccionado y modernizando la forma de cometer delitos. Mientras tanto nuestros eruditos se dedican a descubrir si esto es crisis o simplemente "problemas de diversa complejidad". |
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La sociedad elige:Abandono o Resocialización¡80% de Reincidencia no es un éxito! |
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¿Un derecho olvidado?Hace un par de semanas los medios de comunicación informaban que uno de los imputados del bullado caso de asalto y violación en la comuna de las Condes había sido brutalmente golpeado en el interior del Penal Santiago Uno. Según la versión entregada por Gendarmería a la prensa, el imputado Yuri Ortega habría sufrido una pateadura que obligó a los funcionarios penitenciarios a trasladarlo a la Posta Central. Días después, en otro centro penitenciario de Santiago -la Ex Penitenciaría-, el condenado Christopher Puelma agonizaba producto de una serie de puñaladas que recibió de un grupo de internos. Según el noticiario que relató el hecho, Puelma no puedo ser trasladado a tiempo del recinto, debido a que el alcaide de la Ex penitenciaria le negó la petición, no obstante que el asesinato era inminente. La etapa de privación de la libertad por parte de un órgano del Estado es considerada por el derecho internacional de los derechos humanos como un momento sensible y en el cual las autoridades deben estar alerta. Lo anterior se debe a que la experiencia muestra que es durante la privación de libertad cuando se alcanza el más alto riesgo de prácticas de tortura, trato denigrante, golpizas o aun situaciones extremas como la muerte al interior de un centro penitenciario. Por ello, el proceso de privación de libertad de una persona se encuentra resguardado con una serie de garantías y mecanismos de protección contemplados en los principales tratados internacionales de derechos humanos, que buscan resguardar el derecho a la vida, al igual que el derecho a la integridad física y psíquica de los internos. Sin lugar a dudas, este proceso de resguardo que busca, por una parte, asegurar la sanción penal y, por otra, resguardar a la persona privada de libertad de esa misma persecución, se encuentra en un complejo punto de tensión. Los estándares internacionales son claros en la solución de esta tensión y la poderación que realizan apunta en dos direcciones. De un lado, a que el Estado en el logro de sus objetivos penitenciarios en ningún caso debe configurar actos constitutivos de tortura física o psicológica; del otro, a que la persona privada de libertad se encuentra en un estado de indefensión que debe ser resguardada por el propio Estado. La Corte Interamericana, a propósito de esto último, en el caso de Bulacio vs. Argentina, dejó constancia del hecho de que "las autoridades estatales ejercen un control total sobre la persona que se encuentra bajo su custodia", circunstancia que obliga al Estado a ejercer su función de garante adoptando todos los cuidados que reclama la indefensión del privado de libertad. Es justamente esta función de garante que tiene el Estado y Gendarmería de Chile sobre las personas privadas de libertad la que se pone en entredicho con hechos como los antes mencionados, que están ocurriendo en las nuevas y en las antiguas cárceles. Por lo mismo, no basta que las autoridades se limiten intermitentemente a notificar de uno u otro deceso, de forma escueta e indiferente. Sería necesario, además, ya que hay responsabilidad del Estado en este sentido, conocer que están haciendo para evitar futuras muertas -si es que algo se está haciendo- y también sería interesante conocer las condiciones en que éstas se han producido en el pasado, así como identificar las fallas en la seguridad en cada caso. Mal que mal, los privados de libertad también tienen derechos. Álvaro Castro M. Profesor Facultad Derecho Universidad Diego Portales. |
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Gracias por visitar nuestra página, esperamos que la información les haya sido de utilidad y recuerde: Nuestra misión no es validar la delincuencia, es trabajar para reducir sus índices y hacemos esto en el lugar en que más se potencia este fenómeno: ¡LA CÁRCEL! |
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| Directorio: Presidenta: Silvia Vidal. Vice-Presidenta: Georgeanne Barceló. Secretaria: Julia Rubio. Directores: Olga Muñoz - Rodrigo Higuera. Tesorera: Carmen Ñanculef. Abogado: Jorge Escobar. |
Santiago de Chile, enero de 2010.